Modificaciones de la declaración periódica del IVA y de los anexos

La Ordenanza Nº 206/2021, de 14 de octubre, adoaba a la declaración periódica del IVA, el Anexo R y sus instrucciones para su cumplimentación, disponiendo asimismo la intervención, por parte de un contador certificado independiente, en la certificación prevista en el artículo 78 quinquincies del CIVA, destacando las siguientes modificaciones:

  1. En el cuadro 06A, el campo 107, ahora añadido, incluye ahora el valor de las bases imponibles relativas a la adquisición de corcho, madera, piñas y piñones con corteza, cuyo cálculo correspondía al sujeto pasivo que declara, aplicando la regla de inversión del sujeto pasivo prevista en el artículo 2, apartado 1, letra m), del Código del IVA.
  2. En el cuadro 20, para la identificación fiscal del contador certificado, se añaden dos campos para registrar el hecho determinante del impedimento justo a corto plazo, de conformidad con el artículo 12 bis del Estatuto de la Orden de Contadores Certificados, y la fecha en que se produjo.
  3. Por lo que se refiere al anexo R, en el cuadro 06A, el campo 75, ahora añadido, incluye ahora el valor de las bases imponibles relativas a la adquisición de corcho, madera, piñas y piñones con corteza, cuyo cálculo recayó en el sujeto pasivo, mediante la aplicación de la regla de inversión del sujeto pasivo prevista en la letra m) del apartado 1 del artículo 2 del Código del IVA.
  4. Por lo que se refiere a las modificaciones del anexo de los ajustes del campo 40 del cuadro 5 para la certificación de conformidad con el artículo 78, apartado 9, o el artículo 78D del Código del IVA, se añade un campo para la identificación del contable certificado independiente.
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