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Obligaciones en virtud del Registro Central de Beneficiarios Reales (RCBE)

Obligatorio desde 2019, el Registro Central de Beneficiarios Reales (RCBE) establece algunas obligaciones declarativas en un contexto de creciente regulación y transparencia, con el objetivo principal de identificar quién posee o controla en última instancia las entidades afectadas.

Las sanciones por incumplimiento incluyen, además de las multas, que pueden ascender a 50.000 euros, el impedimento para competir por la prestación de servicios públicos o por beneficiarse de la ayuda de los fondos europeos.

Por lo tanto, es importante abordar esta realidad legislativa y validar internamente su grado de cumplimiento. Recordamos las principales obligaciones a cumplir en virtud de esta Ley:

  1. Declaración inicial: 30 días después de la inscripción de la constitución de la persona jurídica o la primera inscripción en el Fichero Central de Personas Jurídicas;
  2. Actualización de la información: 30 días a partir de la fecha del hecho que determina el cambio;
  3. Confirmación anual de la información: hasta el 31 de diciembre, o al presentar información comercial simplificada (IES), según corresponda.

Las declaraciones falsas a efectos de registrar a un beneficiario, además de incurrir en responsabilidad penal, son civilmente responsables del daño causado.

¿Cómo puede ayudar Moneris?

Moneris ha apoyado operativamente los procesos y procedimientos en las organizaciones, así como la identificación de oportunidades de mejora, presentando propuestas para restringir el riesgo de imponer multas y sanciones accesorias por parte de las autoridades oficiales competentes.

Para solicitar más información sobre estos servicios y así definir conjuntamente una solución adaptada a sus necesidades contacte con su gestor Moneris o utilice los medios de comunicación habituales: info@moneris.pt | 210 316 400.

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